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Multas por incumplimiento del periodo de Veda Pesquera

Biodiversidad

Hoy 1 de noviembre inicia el periodo de veda pesquera en toda la república del Paraguay, se extiende hasta el 15 de diciembre de 2021 para las aguas compartidas con Argentina y hasta el 31 de enero de 2022, para las aguas compartidas con Brasil.

En ese sentido, el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES), recuerda a la ciudadanía en general, que el incumplimiento de este periodo de pausa pesquera implicaría la aplicación de multas en virtud a la Ley N° 3556/2008 “De Pesca y Acuicultura”, que se encuentran en el Decreto N° 1.837/2019, las mismas se detallan a continuación:

  • Multas por Infracciones Levísimas: 1 a 300 jornales mínimos;
  • Multas por Infracciones Leves: 301 a 3000 jornales mínimos;
  • Multas por Infracciones Graves: 3001 a 10.000 jornales mínimos;
  • Multas por Infracciones Gravísimas: 10.001 a 20.000 jornales mínimos.

Es decir, entre más de 200 y 800 millones de guaraníes por infracciones al incumplimiento de las normativas vigentes.

Se recuerda que está prohibida toda actividad de pesca, utilización de artes de pesca, transporte y la comercialización de productos pesqueros en los ríos, arroyos y lagunas dentro del territorio nacional durante el periodo establecido de veda.

Los productos debidamente declarados en tiempo y forma podrán ser comercializados en el plazo perentorio de siete días corridos desde el inicio de la veda pesquera, al solo efecto de agotar stock de los productos almacenados.