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Comunicado para Productores de Arroz en la Cuenca del Tebicuary

Recursos Hídricos

El Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES), a través de la Dirección General de Protección y Conservación de los Recursos Hídricos (DGPCRH), comunica a todos los productores de arroz de la cuenca del Río Tebicuary que realizan extracción de las aguas del Río Tebicuary para el riego de cultivos de arroz. Que atendiendo al próximo inicio de la zafra arrocera 2022-2023, deberán tener en cuenta, cuanto sigue:

  • Que las estructuras de almacenamiento de agua o reservorios, deberán estar en buenas condiciones, además de estar cargados con suficiente agua para afrontar esta nueva zafra, considerando los niveles altos o sin inconvenientes que se registraron en los puntos de aforo del Río Tebicuary durante los trimestres anteriores.
  • Que la relación volumétrica para la capacidad de almacenamiento de agua del reservorio es de como mínimo a 1:10 (reservorio:hectárea) y con una profundidad mínima de 1.20 metros.
  • Recomendar realizar una buena nivelación del terreno a cultivar y un manejo adecuado del agua durante el periodo riego, a fin de optimizar el consumo de agua y lograr la eficiencia en el riego. Además de realizar buenas prácticas agrícolas, tendientes a minimizar la contaminación.

En este sentido, también se comunica que la cuenca del Río Tebicuary a nivel general en este último mes ha presentado caudales y niveles por encima del óptimo por lo que no se registraron situaciones de estrés hídrico en la cuenca, salvo la cuenca alta que ha presentado una fluctuación en un periodo de 20 días que equivale al 64 % del periodo observado, en el que se mantuvo dentro del umbral de alerta y sin inconveniente.

Es importante mencionar que, toda la cuenca en sí misma está sujeta a las variaciones de la precipitación, por lo que de mantenerse las perspectiva climáticas, de la Dirección de Meteorología e Hidrología con base a las salidas de los multimodelos, se espera que para el trimestre considerado (Julio-Agosto-Septiembre), un evento de; el Niño es del 2%, condiciones neutrales 46% y de la Niña 52%, por lo que es probable que también los caudales y niveles se mantengan dentro del nivel óptimo pero tendientes a ingresar dentro de los umbrales de alerta y crítico.

Por último, se recuerda la vigencia de las disposiciones establecidas en la Resolución 193/22 por la cual se modifican los artículos 1º, 3º, 4º y 5º de la Resolución 134/22 . Así también se indica la vigencia de la Resolución 511/16 por el cual se regula la extracción de agua por bombeo para el regadío de cultivo de arroz en la Cuenca del Río Tebicuary y la obligación de cumplir con el cese de bombeo una vez alertado y comunicado por el MADES.

El monitoreo de los caudales en tiempo real se encuentran disponibles en el siguiente enlace: http://hidricos.mades.gov.py/monitoreo-cuenca-rio-tebicuary