Luego de 15 años de vigencia de la Ley 3.239/07 de los Recursos Hídricos del Paraguay, se logró la reglamentación de la normativa, con la firma del Decreto del Poder Ejecutivo N° 7017, lo que permitirá al Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES), ejecutar una serie de acciones para proteger los recursos hídricos en todo el territorio Nacional.
Este logro fue impulsado desde esta gestión del MADES, realizando las revisiones respectivas, socialización con diferentes sectores involucrados, audiencias con parlamentarios y por sobre todo entendiendo que se trata de una herramienta sumamente importante para la optimizar la aplicación de la Ley de los Recursos Hídricos.
Esta reglamentación dispone que el manejo de los Recursos Hídricos en el Paraguay contará con el Plan Nacional de Recursos Hídricos, que será elaborado y aprobado, en su condición de autoridad de aplicación por el MADES.
Con esta disposición el ente ambiental podrá ejecutar disposiciones técnicas previstas en la ley, tales como el balance y cauce hídrico nacional, la elaboración de la política nacional de recursos, criterios técnicos para la elaboración y presentación de planes de los humedales, declarados de importancia nacional y adoptará las medidas necesarias para efectivizar su cumplimiento, además otras disposiciones contenidas en la Ley que permitirán proteger los Recursos Hídricos del País.
Demás el MADES podrá coordinar con los Organismos y Entidades del Estado los mecanismos para recibir, remitir o transferir las informaciones necesarias para el cumplimiento de las disposiciones mencionadas anteriormente.
Todos los detalles del referido decreto se encuentra disponible en el siguiente link: https://bit.ly/3w2M3qe