El Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES), a través de la Resolución N° 306/2021 estableció las tasas a ser percibidas por el registro de usos y aprovechamiento de los Recursos Hídricos, implementado por el Sistema de Información Ambiental (SIAM), en el marco de la Ley N° 3239/07 “De los Recursos Hídricos del Paraguay”.
Las tasas quedaron establecidas de la siguiente forma:
- 2 jornales mínimos: Para el Registro y Aprovechamiento en el módulo agua del SIAM.
- 1 jornal mínimo: Para Rectificaciones del formulario, devuelto al consultor.
Es importante mencionar que la entrada en vigencia de lo establecido será a partir del 13 de setiembre de 2021, esta fue dispuesta a través de la Resolución N° 315/2021.