En la localidad de Eusebio Ayala, Departamento de Cordillera, mediante un operativo control, fiscalizadores del Ministerio del Ambiente intervienieron 4 curtiembres por el vertido de sus efluentes al Arroyo Piribebuy. Los vertidos de efluentes alteran las condiciones naturales del cauce hídrico.
Según el informe técnico, en uno los emprendimientos se constató el vertido de efluentes sin previo tratamiento al arroyo Piribebuy, proveniente del sistema de lavado de cuero de uno de los fulones, como así también el lavado de piso de la industria, los efluentes generados del lavado también son vertidos a través de un canal, conducido a varios registros con sistema de cañería hasta el cauce hídrico mencionado. En el momento de la verificación el vertido de efluentes presentaba un color marrón, alterando las condiciones naturales del Arroyo. El encargado presentó a la vista la Resolución DGCCARN del año 2021, en el momento de la intervención no contaba con el informe de Auditoria, incumpliendo con el Art. 13 de dicha Resolución.
En el segundo procedimiento se observó el vertido de efluente también al Piribebuy, proveniente de un fulón que en el momento de la constitución realizaba trabajo de lavado de cuero, los efluentes son dirigidos a través de un canal hasta seis piletas con sistema de decantación y luego a través de tres cañerías hasta el cauce hídrico. El color de los efluentes vertidos es de color celeste oscuro característica del curtido, alterando las condiciones naturales del Arroyo. Se observó una pileta colmatada de lodo. En el momento de la verificación el proyecto se encontraba en etapa operativa. Este emprendimiento no contaba con ninguna documentación expedida por el MADES.
Se encontraban realizando trabajo de tirado o vapor con ayuda de una cubierta, los productos utilizados para el combustible son de especie nativas.
Seguidamente en la tercera curtiembre se constató el vertido de efluentes al mencionado Arroyo provenientes de la última pileta de decantación que presentaban un color turbio rosado, que es dirigido a través de un canal y registro con sistema de cañería hasta el cauce. Se encontraba en etapa operativa. Presentó a la vista la Resolución DGCCARN del año 2017, en el lugar no contaba con el Plan de gestión ambiental.
Por último se observó, el vertido de efluentes sin previo trabamiento al cauce hídrico proveniente de dos fulones a través de un canal a suelo desnudo y a cielo abierto que se conectan al cauce. Los efluentes generados en el lugar, se generan por los trabajos de procesamiento de cuero y lavado como así también engrase de cuero vacuno, este último también se encontraba en etapa operativa. No cuenta con ninguna documentación expedida por el MADES.
Estos procedimientos se realizaron en atención a denuncias ciudadanas y contó con el acompañamiento de personales del Departamento de Bosques y Asuntos Ambientales (DEBOA). Todo lo constatado será investigado en el marco de la Ley N° 294/93 De Evaluación de Impacto Ambiental y la Ley N° 3239/07 De Recursos Hídricos del Paraguay, por la Dirección de Asesoría Jurídica.