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COMUNICADO: Cuenca del Río Tebicuary

Recursos Hídricos

El Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) a través de la Dirección General de Protección y Conservación de los Recursos Hídricos (DGPCRH) en base a la Resolución N° 511/16 “Por la cual se regula la extracción de agua por bombeo para el regadío de cultivo de arroz en la Cuenca del Río Tebicuary, comunica a todos los productores de la Cuenca Alta del Río Tebicuary que en fecha 19 de noviembre de 2019 se ha registrado caudales menores a lo establecido en el Art. 2°, Inc. B. 15 m3/s, alcanzado así el nivel crítico por lo que se establece el cese de bombeo de las aguas del Río Tebicuary por diez días o hasta que supere el nivel crítico mínimo.

Ante tal medida, los productores que se encuentran afectados a la zona deberán dar uso por dicho periodo, a sus reservorios preparados para el riego en periodos de estiaje y ceses de bombeo.

Por parte del MADES se realizará monitoreos continuo de los caudales y estrictos controles de todas aquellas obras o actividades vinculadas a la utilización de aguas del Río Tebicuary, en la zona, con el fin de precautelar el cumplimiento de la medida establecida para la salvaguarda del ecosistema de la Cuenca.

De constatarse la realización de obras o actividades de extracción de agua de la cuenca del Río Tebicuary en transgresión a las disposiciones legales señaladas, los propietarios, arrendatarios o poseedores de inmuebles serán pasibles de fuertes sanciones tanto administrativas como penales.