El Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES), como autoridad de aplicación de la Ley 3.556/08 De Pesca y Acuicultura, y atendiendo la vigencia de la Resolución 713/2022 que establece el periodo de veda pesquera 2022-2023, que inicia a partir del 1 de noviembre en todo el territorio nacional y se extiende hasta el 15 de diciembre del presente año, para las aguas compartidas con Argentina y hasta el 31 de enero de 2023, para las aguas compartidas con Brasil.
En ese sentido, se recuerda a todos los clubes de Pesca nacionales e internacionales y a la ciudadanía en general, que durante la vigencia de la Veda Pesquera hasta el 15 de diciembre con Argentina y 31 de enero con Brasil, la organización de cualquier tipo de Torneo o Competencia de Pesca aunque estas actividades sean con devolución, está prohibida en todo el territorio paraguayo.
La única actividad de pesca permitida durante la veda es la de subsistencia, la misma será realizada con anzuelo, liñada o caña con o sin reel y sólo podrá ser practicada desde las riberas y por los ribereños, los mismos deberán portar su Licencia Comercial, quedando prohibido el uso de todo tipo de embarcaciones para actividades pesqueras. Los productos de esta pesca no podrán ser comercializados.
Es importante entender y respetar este tiempo de veda, como método de conservación de la fauna íctica, teniendo en cuenta que, los peces tienen un periodo determinado de reproducción. Los peces, al igual que muchos otros animales, necesitan que las condiciones ambientales y fisiológicas estén en el punto óptimo para dejar descendencia y asegurarse la sobrevivencia, lo que generalmente ocurre cada año.