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Instan a no introducir y adquirir especies exóticas

Biodiversidad

El Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES), a través de la Dirección de Vida Silvestre, insta a la ciudadanía a no introducir y adquirir especies exóticas sin la autorización del ente ambiental.

Las especies exóticas o introducidas es toda especie animal, planta, hongo o microorganismos que es trasladada por el hombre de manera intencional o accidental fuera de su área de distribución, algunas especies exóticas al ser liberadas al medio natural se vuelven invasoras al encontrar condiciones adecuadas para establecerse, reproducirse y expandirse, sus impactos llegan a ser muy severos, amplios y de consecuencias difíciles de predecir, tanto en ecosistemas como actividades productivas, o en la salud humana

La tenencia e introducción de especies exóticas se encuentran reguladas por la Ley N 96/92 de Vida Silvestre:

• La tenencia de especies exóticas mediante la Resolución Nª 69/2022 “Por la cual se dispone la aplicación de formularios de constancias de inscripción en el Registro Nacional de la Vida Silvestre, guías de traslado, habilitación de vida silvestre y permisos varios para especies exóticas no domesticadas”. Link de RNVS y Solicitud de tenencia

• La introducción al país de especies de flora y fauna exóticas en cualquiera de sus etapas biológicas, deberá contar con un permiso de la Autoridad de Aplicación el que será otorgado de conformidad con lo dispuesto en los convenios internacionales vigentes y la reglamentación que al respecto se dicte. Para el efecto se debe contar con estudios científicos sobre el Impacto Ambiental de la Introducción. Ley N 96/92 de Vida Silvestre art. 7.