El Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES), a través de su Dirección General de Protección y Conservación de los Recursos Hídricos, comunica a todos los productores de arroz de la cuenca del Río Tebicuary que, si bien las mediciones de los últimos días arrojan niveles adecuados del río, continúan vigentes las Resoluciones que hacen referencia a la regulación del bombeo de agua de la cuenca del río Tebicuary y que deben tenerse en cuenta a la hora del usufructo de este recurso.
Las normativas en cuestión son:
- Resolución 134/2022 “Por la cual se suspende la extracción de agua por bombeo para el regadío de cultivo de arroz en la cuenca del Río Tebicuary y el otorgamiento de declaraciones de impacto ambiental y resoluciones de aprobación de ajustes del plan de gestión ambiental en la cuenca del Río Tebicuary”;
- Resolución 193/2022 “Por la cual se modifican los artículos 1°, 3°, 4° y 5° de la Resolución N° 134 de fecha 03 de marzo de 2022 “por la cual se suspenden la extracción de agua por bombeo para el regadío de cultivo de arroz en la cuenca del Río Tebicuary y el otorgamiento de declaraciones de impacto ambiental y resoluciones de aprobación de ajustes del plan de gestión ambiental en la cuenca del Río Tebicuary”; y,
- Resolución N° 511/16 “Por la cual se regula la extracción de agua por bombeo para el regadío de cultivo de arroz en la Cuenca de Río Tebicuary”.
En este sentido, es importante recordar a los productores, que los caudales de regulación son los siguientes:
Para bombeo escalonado, cuándo las mediciones arrojen resultados iguales o menores a:
- Cuenca Alta y Media: 25 m3/s
- Cuenca Baja: 40 m3/s
Para el cese de bombeo, cuándo las mediciones arrojen resultados iguales o menores: - Cuenca Alta y Media: 15 m3/s
- Cuenca Baja: 25 m3/s
Por último, se recuerda que a través de la página web del Ministerio del Ambiente se puede acceder a los datos de niveles diarios de las aguas del río Tebicuary http://hidricos.mades.gov.py/monitoreo-cuenca-rio-tebicuary