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LLAMADO A CONCURSO

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El Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES), a través de la Dirección General del Aire (DGA) y el Departamento de Ozono, en el marco del proyecto “Actividades Habilitadoras para la Enmienda de Kigali”, llama a concurso para:

  • Consultor/a Nacional para el análisis y elaboración de propuestas normativas tendientes a la gestión integral de los refrigerantes inflamables

El Protocolo de Montreal es un acuerdo ambiental multilateral sólidamente establecido que está logrando con éxito evitar enormes daños a la salud humana y el medio ambiente
derivados de los efectos del exceso de la radiación ultravioleta proveniente del sol, mediante la eliminación de la producción y el consumo de sustancias que agotan la capa de ozono (las SAO).

Conscientes de la problemática que suponía la destrucción de la capa de ozono, los distintos países trabajaron en colaboración con los sectores implicados, en la búsqueda de productos sustitutivos de los clorofluorocarbonos, hidroclorofluorocarbonos y otras sustancias de elevado poder destructivo del ozono estratosférico.

Las emisiones de gases fluorados, fundamentalmente los hidrofluorocarbonos (HFC), se han empleado en muchas aplicaciones como sustitutivos de las SAO dado que no afectan a la capa de ozono. Sin embargo, al igual que las SAO, tienen un elevado potencial de
calentamiento atmosférico (GWP), por sus siglas en inglés), y una larga permanencia en la
atmósfera, por lo que contribuyen al denominado “efecto invernadero” y con ello, a agravar los efectos del cambio climático.

Por tal motivo, el 15 de octubre de 2016, en su 28ª reunión celebrada en Kigali, las Partes en el Protocolo de Montreal relativo a las Sustancias que Agotan la Capa de Ozono llegaron a un acuerdo para reducir gradualmente el consumo y la producción de los HFC.

Por medio de la Decisión XXVIII/1 de las Partes en el Protocolo de Montreal se aprobó la
Enmienda de Kigali, mediante la cual se prevé el control del comercio de los HFC y la
protección del cambio climático, en consonancia con la Agenda 2030 para el Desarrollo
Sostenible.

El 01 de noviembre de 2018 el Gobierno de la República del Paraguay depositó en la sede
de las Naciones Unidas en Nueva York el instrumento de ratificación de la Enmienda de Kigali al Protocolo de Montreal.

En la Reunión 81ª del Comité Ejecutivo del Fondo Multilateral, se aprobó el Proyecto de Actividades Habilitantes de la Enmienda de Kigali de la República del Paraguay, de las
cuales ONU Ambiente es la Agencia Principal de Implementación designada por el país.

Para este efecto, las partes, especialmente las que operan bajo el amparo del Artículo 5, requerirán importantes inversiones para planes que permitan adoptar las nuevas tecnologías y sustancias de bajo PCA e inflamables tales como los hidrocarburos y los hidrofluoro olefinas, los cuales implicarán una intervención importante en capacitación y entrenamiento de los actores involucrados y sensibilización a los tomadores de decisión, así como en el desarrollo de políticas que creen el marco normativo para el uso adecuado nuevas sustancias y tecnologías acordes a lo establecido en la enmienda referida y la generación de conocimiento para llevar adelante las innovaciones necesarias incorporando criterios de manejo seguro y jerarquizar al sector de servicio técnico RAC.

La Dirección General del Aire a través del Departamento de Ozono es la dependencia técnica del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible a través de la cual se ejecutan las Actividades habilitadoras para la Enmienda de Kigali.

Los profesionales individuales que reúnan los requisitos remitan su CV firmado y en el formato establecido, junto con los documentos respaldatorios al siguiente correo: ozono@mades.gov.py con copia a ozonoinfopy@gmail.com, bajo el título Consultor/a Nacional para el análisis y elaboración de propuestas normativas tendientes a la gestión integral de los refrigerantes inflamables, hasta las 15:00 hs. del jueves 10 de marzo de 2022.

TERMINO DE REFERENCIA

MATRIZ DE EVALUACIÓN

CARTA DE MANIFESTACIÓN

FORMATO C.V