El Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES), a través de la Dirección General del Aire (DGA) y el Departamento de Ozono, en el marco del proyecto “Actividades Habilitadoras para la Enmienda de Kigali”, llama a concurso para:
- “Consultoría nacional para la Consultoría para la “Elaboración de documentos necesarios para la implementación de las Normas Paraguayas de competencia laboral, con énfasis en el uso seguro y las buenas prácticas en la manipulación de sustancias y tecnologías con cero o bajo PCA”
El Protocolo de Montreal es un acuerdo ambiental multilateral sólidamente establecido que está logrando con éxito evitar enormes daños a la salud humana y el medio ambiente derivados de los efectos del exceso de la radiación ultravioleta proveniente del sol, mediante la eliminación de la producción y el consumo de sustancias que agotan la capa de ozono (las SAO).
Conscientes de la problemática que suponía la destrucción de la capa de ozono, los distintos países trabajaron en colaboración con los sectores implicados, en la búsqueda de productos sustitutivos de los clorofluorocarbonos, hidroclorofluorocarbonos y otras sustancias de elevado poder destructivo del ozono estratosférico.
Las emisiones de gases fluorados, fundamentalmente los hidrofluorocarbonos (HFC), se han empleado en muchas aplicaciones como sustitutivos de las SAO dado que no afectan a la capa de ozono. Sin embargo, al igual que las SAO, tienen un elevado potencial de calentamiento atmosférico (GWP), por sus siglas en inglés), y una larga permanencia en la atmósfera, por lo que contribuyen al denominado “efecto invernadero” y con ello, a agravar los efectos del cambio climático.
Por tal motivo, el 15 de octubre de 2016, en su 28ª reunión celebrada en Kigali, las Partes en el Protocolo de Montreal relativo a las Sustancias que Agotan la Capa de Ozono llegaron a un acuerdo para reducir gradualmente el consumo y la producción de los HFC.
Por medio de la Decisión XXVIII/1 de las Partes en el Protocolo de Montreal se aprobó la Enmienda de Kigali, mediante la cual se prevé el control del comercio de los HFC y la protección del cambio climático, en consonancia con la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.
El 01 de noviembre de 2018 el Gobierno de la República del Paraguay depositó en la sede de las Naciones Unidas en Nueva York el instrumento de ratificación de la Enmienda de Kigali al Protocolo de Montreal.
En la Reunión 81ª del Comité Ejecutivo del Fondo Multilateral, se aprobó el Proyecto de Actividades Habilitantes de la Enmienda de Kigali de la República del Paraguay, de las cuales ONU Ambiente es la Agencia Principal de Implementación designada por el país.
En el marco de las Actividades Habilitantes, se busca fortalecer las capacidades y habilidades técnicas y promocionar la certificación por competencia laboral de los trabajadores del sector de la refrigeración y la climatización ante el desafío de la reducción y eliminación de las sustancias controladas por el Protocolo de Montreal y la promoción del uso seguro de sustancias y tecnologías de bajo PCA, actividad que viene trabajando el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible con el Instituto Nacional de Normalización, Tecnología y Metrología en el marco del Convenio de cooperación MADES- INTN.
La Dirección General del Aire a través del Departamento de Ozono es la dependencia técnica del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible a través de la cual se ejecutan las Actividades habilitadoras para la Enmienda de Kigali.
Los profesionales individuales que reúnan los requisitos remitan su CV firmado y en el formato establecido, junto con los documentos respaldatorios al siguiente correo: ozono@mades.gov.py con copia a ozonoinfopy@gmail.com, bajo el título “Elaboración de documentos necesarios para la implementación de las Normas Paraguayas de competencia laboral”, hasta las 16:00 hs. del viernes 22 de octubre de 2021