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Roles institucionales y de la ciudadanía para evitar aumento de focos de incendios en el país – Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible
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Roles institucionales y de la ciudadanía para evitar aumento de focos de incendios en el país

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El Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES), viene realizando sendas campañas de concienciación ciudadana sobre la necesidad de evitar la provocación de los incendios forestales de grandes proporciones que cada año azotan a todo el país, además de educar sobre los roles de las distintas instituciones y los alcances de sus intervenciones en los casos de incendios, como el MADES, INFONA, las Municipalidades, Policía Nacional, Fiscalía del Medio Ambiente, entre otras.

Anirehapy es la Campaña que invita a la ciudadanía en general a no provocar incendios, a no incendiar al Paraguay y apunta tanto a las personas que queman sus basuras en sus patios, veredas o cualquier otro sitio de su barrio, como también a los dueños de pequeñas y grandes extensiones de tierras, donde generalmente se dan casos de incendios forestales, muchas veces incontrolables, dejando a su paso un grave daño al ambiente y a la biodiversidad del lugar.

En el 2019 y 2020 (este último ya con la pandemia por Covid-19), fueron años de grandes incendios, en especial en la zona del Alto Chaco. En este 2021, los focos de incendios ya comenzaron a aparecer en todo el país, según un reporte de la Secretaría de Emergencia Nacional (SEN), WWF e INFONA, por lo que nuevamente se apela a la conciencia de toda la población para evitar males mayores para la salud y el medio ambiente.

En cuanto a los roles de las instituciones, el MADES asume su función de concienciación contra estos hechos, antes durante y después de casos de incendios, con campañas como #Anirehapy. También estará actuando en el marco de la Ley de 294/93 de Evaluación de Impacto Ambiental, en las propiedades donde ocurran incendios, realizando una investigación mediante sumario administrativo y si corresponde, la multa a los responsables. También debe realizar trabajos posteriores a los incendios para evaluar las consecuencias del fuego sobre la biodiversidad, Ley 96/92 de Vida Silvestre. El MADES no cuenta con herramientas, presupuesto ni la función de apagar los incendios.

El INFONA actúa aplicando la ley 422/73 Forestal y sanciona la provocación de incendios en los bosques (Artículo 53 inc. e) de la Ley 422/73). Al igual que el Ministerio del Ambiente, actúa antes (prevención) y después (sanción administrativa). Esta institución también es autoridad de aplicación de la Ley 6.676/20, más conocida como la Ley de Deforestación Cero.

Las municipalidades son las autoridades de aplicación de la Ley 4014/10 De Prevención y Control de Incendios. Es función de las comunas intervenir antes (prevención, expedición de autorizaciones para quemas controladas), durante el incendio (combatiendo el fuego con sus policías y bomberos). Además en la Ley 3.956/09 de Gestión Integral de los Residuos Sólidos en Paraguay, en su artículo 33 expresa la prohibición de quema o incineración de los Residuos Sólidos, por lo que puede sancionar a los vecinos que incurran en este hecho.

Asimismo, la Policía Nacional en el marco de la Ley 222/93 Orgánica de la Policía Nacional, tiene como función, según su artículo 6 inc. 18, la de “Prevenir y combatir los incendios y otros siniestros que pongan en peligro la vida y propiedad de las personas”.

Por último, la Fiscalía Especializada en Delitos contra el Medio Ambiente tiene la potestad de aplicar la Ley 716/96 “Que sanciona los delitos contra el medio ambiente”, que en su artículo 4, inc. a) establece que serán pasibles de 3 a 8 años de privación de libertad y multa de 500 a 2000 jornales mínimos quienes “Realicen tala o quema de bosques o formaciones vegetales que perjudiquen gravemente el ecosistema”.