El Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES), decidió rechazar el recurso de reconsideración promovido por la Firma Ganadera y agricultura Palmeiras S.A, contra la Resolución de conclusión del sumario administrativo que estableció la multa de 20.000 jornales mínimos, más la recomposición del daño tras constatarse el cambio uso de suelo de 600 hectáreas.
Es importante resaltar que para la sanción a la firma ganadera y agricultura Palmeiras S.A y el posterior rechazo al recurso se tomó como circunstancia las siguientes faltas administrativas:
- Cambio uso de la tierra (comprobada por los funcionarios de la Dirección de Fiscalización y el informe de la Dirección de Geomatica), de 549,69has.
- Haber realizado, el cambio de uso de la tierra, sin haber contado con la Declaración de Impacto Ambiental (entre 2010 y 2015).
- El ocultamiento de datos para la obtención de la Declaración de Impacto Ambiental (situación que configura en el art. 14 de la Ley N° 294/93 De Evaluación de Impacto Ambiental e incluso como hecho punible establecida en el art. 5 inc. D) de la Ley 716/96.
- Ocultamiento de datos para la aprobación del informe de auditoría ambiental; para el cual, se recomienda la apertura de un sumario administrativo a los funcionarios responsables del caso.
La decisión de NO hacer lugar al recurso de reconsideración fue oficializada mediante la Resolución N° 10/2020, del MADES. El caso fue remitido al Ministerio Público para la investigación y posterior sanción que corresponda en virtud a la Ley N° 716/96 “Que sanciona Delitos contra el Medioambiente”.