El Ministerio del Ambiente, felicita la iniciativa de la Intendencia de Ciudad del Este, por la decisión asumida de intensificar los controles de rutina para detectar la quema de basura, por parte de los vecinos de la zona, e insta a todas las municipalidades a tomar este ejemplo y cumplir con lo que disponen las leyes vigentes, como la 4014/10 “De Prevención y Control de Incendios” y la 3956/09 “Gestión Integral de los Residuos Sólidos en la República del Paraguay”, además de lo que establecen las ordenanzas municipales en esta materia.
La lucha contra los incendios de residuos sólidos urbanos en los barrios, donde muchos llegan a situaciones de descontrol, debe ser encarada no solo desde el mismo rol institucional, sino como una causa ambiental a nivel nacional también desde los municipios.
MADES, tomó conocimiento de la indicación dada por el señor intendente Miguel Prieto, de que las sanciones por esta práctica “se ejecutarán de forma directa, ya sin notificaciones previas”. La Municipalidad, a través de su directora de Ambiente, Ing. Karen González, anunció que los controles de funcionarios municipales se realizarán de 16:00 a 22:00 horas, haciendo los recorridos para identificar los focos de quema de residuos. El objetivo de estos nuevos procedimientos, es evitar la quema indiscriminada de basuras, o cualquier situación que signifique un peligro a la salud humana y/o el medio ambiente.
El Ministerio del Ambiente aboga por que esta medida en CDE, sea adoptada como política institucional, por parte de todas las comunas del país, en el cuidado no solo del medio ambiente en general, sino de la salud misma de los ciudadanos.
A modo de reiterar, se recuerda la vigencia de la Ley 4014/10 “De Prevención y Control de Incendios”, que en su artículo 3° señala, que los municipios se constituyen como autoridad de aplicación de la normativa y en su artículo 5°, faculta a las municipalidades locales de todo el país a expedir autorizaciones de “Quema Prescripta”.
Asimismo, la Ley 3956/09, “Gestión integral de los Residuos Sólidos en la República del Paraguay”, en su artículo 9° “De la Competencia Municipal” y artículo 33°, indica que se prohíbe la quema o incineración de residuos sólidos a cielo abierto, en cursos de agua, en lagos o lagunas o en los lugares de disposición final que no sean los rellenos sanitarios.
Asimismo, se puede mencionar la Ley de creación de la Policía Municipal, dependiente de los municipios, donde entre funciones establecidas en el artículo 56° inciso h); señala la de “prevenir la ocurrencia o prestar auxilios en casos de siniestros como: incendios, derrumbes, intoxicaciones colectivas, contaminación ambiental y accidentes en general, pudiendo formar cuerpos especializados y concertar planes de acción conjunta con cuerpos similares”.
La Intendencia de CDE también habilitó la línea 0971 840 450, para que los ciudadanos puedan realizar sus denuncias sobre quema de basuras a la Dirección de Gestión Ambiental, de lunes a viernes de 07:00 a 13:00 horas.