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MADES establece cupos para exportación de extracto y madera de Palo Santo

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Mediante la Resolución N° 241/2020, el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES), estableció los cupos precautorios de exportación de extracto y madera de la especie Bulnesia sarmientoi (Palo Santo), para el año 2020.

En ese sentido, el art.1 inciso a), establece que: Exportación de madera: 1.217,39 m3 equivalentes a 1.400 toneladas de productos y subproductos terminados, tomando en consideración una densidad de 1.150 kg/m3 correspondiente a la madera estacionada al aire con humedad del 15%, pudiendo variar la densidad conforme a la forma en la que se trabaja la madera.

Así también en el inciso b); habla sobre la Exportación de extractos: 250 toneladas a 250.000 kg.

La Resolución también señala que el cupo total para la comercialización de Bulnesia sarmientoi tanto para extracto como para madera, deberán provenir 100% de Planes de Manejo Forestal. Asimismo, todos los permisos CITES emitidos, deberán ser exportados dentro del periodo de vigencia del mismo (seis meses), no pudiendo renovar o reutilizar el año siguiente.

El “Cupo Nacional 2020” será válido y tendrá vigencia desde la vigencia de la mencionada Resolución hasta el 15 de diciembre de 2021.

Requisitos y Procedimientos
En otra Resolución, la N° 242/2020, se aprobaron los formularios de solicitudes, los requisitos y los procesos para la expedición de los Permisos/Certificados CITES, para la exportación de productos de la especie Bulnesia sarmientoi (Palo Santo).

Descargá las dos resoluciones, AQUÍ: Resolución 241/2020 y Resolución 242/2020