Teniendo en cuenta el inicio de la temporada veraniega, periodo en la cual los sitios recreativos, entre ellos las playas y balnearios, son bastante visitados por la ciudadanía, el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES), recuerda a las autoridades municipales la vigencia de la Resolución Nº 159/05, por la cual se establecen los requisitos que deben adoptar dichos establecimientos, para ser habilitados por las comunas. La obtención de la Declaración de Impacto Ambiental es uno de los requerimientos previos más importantes.
Es importante aclarar, que en la competencia del Ministerio del Ambiente, no está la habilitación de los complejos veraniegos, ya que, dicha responsabilidad corresponde a los municipios, quienes deberán velar por el cumplimiento de las disposiciones de la Resolución, mencionada anteriormente, antes de dar vía libre para el funcionamiento de los locales, de manera a evitar situaciones de responsabilidad legal emergentes por su incumplimiento.
Por otra parte, la autoridad ambiental, a través de la Dirección de Fiscalización Ambiental Integrada (DFAI), la Dirección General de Control de la Calidad Ambiental y de los Recursos Naturales (DGCCARN) y de la Dirección General de Protección y Conservación de los Recursos Hídricos (DGCPRH), realizarán controles y monitoreos constantes para garantizar el cumplimiento de las medidas ambientales establecidas en la mencionada normativa.
En casos de incumplimiento, el MADES como autoridad ambiental está facultada a aplicar las sanciones correspondientes a los propietarios de los establecimientos veraniegos que incumplan con las especificaciones técnicas requeridas para el funcionamiento de dichos emprendimientos, las que de acuerdo con el Decreto 2598/14 (que regula las multas a ser aplicadas el MADES en caso de infracción a sus disposiciones), oscilarían entre 3.001 a 10.000 jornales mínimos, además de otras medidas que pudieran ser aplicables.
A continuación se adjunta la planilla de balnearios que cuentan con Declaración de Impacto Ambiental mediante el SIAM y formato papel. Haz click aquí