Teniendo en cuenta el inicio de la temporada veraniega, periodo en la cual los sitios recreativos, entre ellos las playas y balnearios, son bastante visitados por la ciudadanía, el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES), recuerda a las autoridades municipales la vigencia de la Resolución Nº 159/05, por la cual se establecen los requisitos que deben adoptar dichos establecimientos, para ser habilitados por las comunas. La obtención de la Declaración de Impacto Ambiental es uno de los requerimientos previos más importantes.

Es importante aclarar, que en la
competencia del Ministerio del Ambiente, no está la habilitación de
los complejos veraniegos, ya que, dicha responsabilidad corresponde a
los municipios, quienes deberán velar por el cumplimiento de las
disposiciones de la Resolución, mencionada anteriormente, antes de
dar vía libre para el funcionamiento de los locales, de manera a
evitar situaciones de responsabilidad legal emergentes por su
incumplimiento.

Por otra parte, la autoridad ambiental,
a través de la Dirección de Fiscalización Ambiental Integrada
(DFAI), la Dirección General de Control de la Calidad Ambiental y de
los Recursos Naturales (DGCCARN) y de la Dirección General de
Protección y Conservación de los Recursos Hídricos (DGCPRH),
realizarán controles y monitoreos constantes para garantizar el
cumplimiento de las medidas ambientales establecidas en la mencionada
normativa.

En casos de incumplimiento, el MADES
como autoridad ambiental está facultada a aplicar las sanciones
correspondientes a los propietarios de los establecimientos
veraniegos que incumplan con las especificaciones técnicas
requeridas para el funcionamiento de dichos emprendimientos, las que
de acuerdo con el Decreto 2598/14 (que regula las multas a ser
aplicadas el MADES en caso de infracción a sus disposiciones),
oscilarían entre 3.001 a 10.000 jornales mínimos, además de otras
medidas que pudieran ser aplicables.

A continuación se adjunta la planilla de balnearios que cuentan con Declaración de Impacto Ambiental mediante el SIAM y formato papel. Haz click aquí