El Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES), a través de la Dirección de Asesoría Jurídica, resolvió suspender la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) e instruir sumario administrativo a seis (6) empresas, por incumplimiento de la Ley N° 3.001/06 “De Valoración y Retribución de los Servicios Ambientales” y la Ley N° 294/93 de Evaluación de Impacto Ambiental.
Cabe mencionar que esta normativa, en su artículo 11, señala que los proyectos de obras y actividades definidos como de alto impacto ambiental, tales como construcción y mantenimiento de cambios, obras hidráulicas, usinas, líneas de transmisión eléctrica, ductos, obras portuarias, industrias con altos niveles de emisión de gases, vertido de efluentes urbanos e industriales, u otros, deberán incluir dentro de su esquema de inversiones la compensación por servicios ambientales, por medio de la adquisición de Certificados de Servicios Ambientales, sin perjuicio de las demás medidas de mitigación y conservación a las que se encuentren obligados (…).
Estas medidas son compensatoria por el alto impacto de las actividades, por lo que implica la adquisición obligatoria de la certificación de Servicios Ambientales, razón por la cual se procede a suspender las Declaraciones de Impacto Ambiental y se instruye sumario administrativo por el incumplimiento de la misma.