La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia confirmó la resolución emitida por el Tribunal de Cuentas Primera Sala, rechazando la medida cautelar promovida por infractores ambientales que buscaban dejar sin efecto las medidas administrativas impuestas por el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible por graves daños ocasionados al ambiente en el Chaco paraguayo.

Con esta decisión de la máxima instancia judicial, quedan firmes la sanción pecuniaria y la obligación de implementar medidas correctivas ambientales dictadas por el MADES, tras comprobarse la responsabilidad de los infractores en un incendio que alteró gravemente las condiciones naturales de un área aproximada de 191.116 hectáreas, afectando además al Monumento Nacional Cerro Chovoreca, una de las áreas silvestres protegidas de alto valor ecológico del país.

El fallo representa un importante respaldo a las acciones impulsadas por el MADES en el cumplimiento de su mandato institucional de fiscalizar, sancionar y exigir la reparación de daños ambientales, fortaleciendo la aplicación de la normativa vigente y la defensa del patrimonio natural del Paraguay.

El MADES recuerda que vela permanentemente por la conservación de la biodiversidad, la protección de las áreas silvestres protegidas y la preservación de ecosistemas estratégicos del país, promoviendo que los delitos ambientales sean investigados, sancionados y corregidos conforme a la ley.