Sustancias Controladas por el Protocolo de Montreal El Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES), autoridad nacional de aplicación del Convenio de Viena y el Protocolo de Montreal por Ley 1561/00, en el marco de las regulaciones de control de las Sustancias Controladas por el Protocolo de Montreal establecidas en el Decreto 12.685/08 y demás normativas vigentes,
COMUNICA
A los interesados en obtener CUOTAS DE IMPORTACIÓN DE HCFC (Hidroclorofluorocarbonos) y HFC (Hidrofluorocarbonos), en forma de sustancia pura o como parte de una mezcla, sujetos a emisión de Licencias de importación del MADES, que deben presentar su solicitud de asignación de cuota de importación al Departamento de Ozono de la Dirección General del Aire del MADES, y estar inscripto y habilitado en el RIESAO.
La solicitud deberá ser presentada por escrito, expresando la cantidad en toneladas PAO (Para los HCFC) y/o toneladas de CO2 equivalente (Para los HFC) de sustancias que desean importar en el periodo comprendido entre el 1 de enero al 31 de diciembre del año 2025.
La recepción de las solicitudes será hasta el 31 de julio del 2024.
Mayores informaciones: Departamento de Ozono, Dirección General del Aire – MADES.
Telef. 287 9000 (int. 245 al 248)
E-mail: ozono@mades.gov.py – ozonoinfopy@gmail.com