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Si sos proponente o dueño de proyectos y no estás inscripto en el Registro de Proponentes, esta información te puede interesar – Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible
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Si sos proponente o dueño de proyectos y no estás inscripto en el Registro de Proponentes, esta información te puede interesar

Control de los Recursos Naturales

Mediante el correo electrónico catastro@mades.gov.py el dueño de los proyectos o proponentes, podrán realizar el seguimiento en detalle de los proyectos y documentos presentados por parte del consultor contratado por el mismo. Asimismo, hacer seguimiento del estado del proyecto, las direcciones temáticas en las que se encuentra y la cantidad de tiempo transcurrido durante el proceso de evaluación.

Para tal efecto, pueden remitir al correo los siguientes documentos, establecidos en el artículo 4 de la Resolución 166/2020:

  • Nombre y Apellido completo del Proponente (persona física-jurídica)
  • Fotocopia autenticada de cédula de identidad del proponente o del representante legal
  • Número telefónico
  • Dirección particular
  • Correo electrónico
  • Número de RUC de la persona física o jurídica
  • Fotocopia autenticada del Acta de Constitución de la Sociedad Personería Jurídica de la Empresa
  • Acta de Constitución – Estatutos Sociales y sus modificaciones protocolizadas e inscriptos en los Registros Públicos
  • En caso de que el consultor este autorizado por el proponente a realizar el trámite para la inscripción en el Registro del Proponente, el mismo deberá ser autorizado por medio de una carta poder firmada por el Proponente con certificación de firmas, en la que deberá figurar el correo electrónico del Proponente.

El PIN DE ACCESO será remitido exclusivamente al PROPONENTE a través del correo electrónico que el mismo proporcione al MADES.

Cabe señalar que para el Ministerio del Ambiente es de suma importancia el registro de los proponentes y que los mismos puedan realizar un seguimiento detallado del proceso de análisis de sus proyectos presentados. El SIAM permite que el consultor, evaluador, autoridades del MADES y el mismo dueño del proyecto puedan hacer un control cruzado, accediendo a la misma información, logrando con ello mayor transparencia.