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Licencia de pesca es documento esencial para evitar inconvenientes – Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible
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Licencia de pesca es documento esencial para evitar inconvenientes

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Cuando vayas de pesca considera las disposiciones contempladas en la Ley 3556/08 De Pesca y Acuicultura para un aprovechamiento eficaz de los recursos acuáticos vivos, respetando el ecosistema, la diversidad biológica y el patrimonio genético de la Nación, en la conservación de un ambiente acuático sano y seguro.

En ese sentido, se recuerda que para realizar la pesca es obligatorio contar con las documentaciones respectivas, como licencias comerciales, deportivas, habilitación o renovación de transporte de pescados, registros de embarcaciones, condiciones para la acuicultura, edad límite para otorgar licencia a pescadores, entre otras.

En aplicación de la Ley 3556/08 “De Pesca y Acuicultura”, la Dirección de Pesca y Acuicultura recuerda que la ley establece los parámetros y normas para la práctica responsable de la pesca en todo el país. Igualmente menciona cuáles son los requisitos y procedimientos a cumplir para la obtención de permisos o habilitaciones para el ejercicio de la pesca.

Modalidades De Pesca

1. Pesca Comercial. Es la que se realiza con fines de lucro en la comercialización de los peces capturados, y está sujeta a las normativas jurídicas comerciales respectivas vigentes. Costo: G. 162,504.

2. Pesca Deportiva. Es la actividad pesquera que se realiza con fines de recreación, competición y de turismo y sin fines de lucro; por lo tanto, los peces extraídos podrán ser devueltos a su medio o conservados para consumo personal, si tienen las medidas establecidas por la ley de pesca. En este caso, está prohibida la comercialización de los ejemplares extraídos. Las artes de pesca serán el uso de anzuelos y liñadas o caña con o sin reel. Costo: G. 162,504.
Cabe mencionar que si bien se puede pescar en lagunas, lagos, tajamares u otros cauces, también se debe contar con el carnet o licencia deportiva.

3. Pesca con fines turísticos. Es la actividad organizada por empresas dedicadas al rubro del turismo, pudiendo los peces capturados ser devueltos a su medio, conservados como trofeo o destinados al consumo personal. Costo: G.243.756.

Los carnets se expiden en el MADES Avenida Madame Lynch N° 3500 esq Reservista de la Guerra del Chaco – Asunción. Así también en sus oficinas regionales Pilar, Ayolas, Ciudad del Este, Encarnación, San Juan y Concepción.

Procedimientos

La Ley 3556/08 “De Pesca y Acuicultura”, especifica que la infracción administrativa se determinará, previo sumario administrativo.

En cuanto a las sanciones, cabe mencionar que los transgresores de la ley y sus reglamentos, e independientemente de las sanciones penales correspondientes, serán pasibles de las siguientes sanciones administrativas:

Decomiso de los productos de pesca. • Multa. • Embargo o incautación de las embarcaciones. • Decomiso de los implementos de la pesca. • Retención de los medios de transporte. • Suspensión de la licencia o permiso. • Revocatoria de la licencia o permiso. • Cierre o clausura de establecimientos de procesamiento o comercialización de productos de la pesca.