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MADES anuncia la aplicación de multas por incumplimiento del periodo de veda

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El inicio de la veda pesquera es a partir del 5 de noviembre hasta el 14 de diciembre del presente año, para las aguas compartidas con Argentina. Y desde el 5 de noviembre de 2018 hasta el 31 de enero de 2019, para las aguas compartidas con Brasil según la Resolución N°177/18.

El Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) anuncia la aplicación de multas por infracción a la Ley N° 3556/2008 “De pesca y acuicultura” que se encuentran en el Decreto N° 2598/14:

– Multas por Infracciones Levísimas: 1 a 500 jornales mínimos
– Multas por Infracciones Leves: 501 a 3000 jornales mínimos
– Multas por Infracciones Graves: 3001 a 10.000 jornales mínimos;

Es decir, entre más de 200 y 800 millones de guaraníes por infracciones al incumplimiento de las normativas vigentes.

Se recuerda que está prohibida toda actividad de pesca, utilización de artes de pesca, transporte y la comercialización de productos pesqueros en los ríos, arroyos y lagunas dentro del territorio nacional durante el periodo establecido de veda.

Los productos debidamente declarados en tiempo y forma podrán ser comercializados en el plazo perentorio de siete días corridos desde el inicio de la veda pesquera, al solo efecto de agotar stock de los productos almacenados.